Todo sucedió en la época de la política "Paz con la Naturaleza"
Fuente: elpais.co.cr

San José (elpais.cr) - La eliminación total de un bosque tropical seco en el proyecto inmobiliario Papagayo Norte, en Liberia, Guanacaste, fue permitido por funcionarios del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), quienes desconocieron las leyes ambientales que debían aplicar.

A esa conclusión llegó un informe de esa misma entidad estatal, que determinó incumplimiento de directores del Área de Conservación Guanacaste (ACV), en Liberia, Guanacaste.

Así lo señalan documentos entregados a este medio, que dan cuenta del supuesto incumplimiento de deberes de los funcionarios en la época en que prevalecía en Costa Rica la política "Paz con la Naturaleza", impulsada por la administración de los hermanos Arias Sánchez (2006-2010).

Durante la construcción de un campo de golf, propiedad de Ecodesarrollo Papagayo, tanto la empresa como los funcionarios se olvidaron del cumplimiento de la legislación, así como del convenio firmado entre la entidad privada y el Estado.

En el sitio fueron talados 738 árboles, de 38 especies diferentes en un bosque de 6,8 hectáreas, contraviniendo el Artículo 27 de la Ley Forestal y pronunciamiento C-199-2005, del 23 de mayo del 2005 de la Procuraduría General de la Republica donde se tiene claro que se debe dar permiso de corta de tres árboles por hectárea por año, dentro del área efectiva sobre la cual se pide el permiso.

Un estudio determinó que "de acuerdo a los elementos observados durante la visita en la cual no se observa ningún bloque de bosque natural en pie, confrontado con la Resolución donde se aprobó el Plan de Manejo bajo la Resolución No. 073-ACG-SRL".

Por tanto, indica que "se concluye que hubo un cambio de uso no autorizado, ya que no aparece en expediente la resolución en donde se otorga el cambio de uso del suelo".

"Debido a que el bosque eliminado (tala raza), dentro del Plan de Manejo que fue autorizado mediante Resolución No. 073-ACG-SRL, Se considera que el impacto causado por el aprovechamiento del bosque al medio natural, es relativamente alto ya que hasta las zonas de protección del Río Palmares y una quebrada afluente al mismo fueron totalmente arrasadas, violando los principios del aprovechamiento forestal mejorado, amigable y respetuoso con el ambiente".

Añade que "de acuerdo a la información aportada por el Regente forestal en el expediente GU01-IF-008-2009, indica que el tipo de vegetación predominante corresponde a bosque secundario intervenido de baja densidad, con presencia de árboles y arbustos dispersos de especies características de la zona de vida y en donde se encuentran especies abundantes como Guácimo- Cenízaro- Guanacaste blanco- Pellejo de toro-, gramíneas (Andropogon bicornis) y hiervas invasoras (pica pica y moriseco)".

"Sin embargo se otorga un Plan de Manejo para la corta de 738 árboles con un total de 38 especies diferentes dentro de una área de 6.8 hectáreas, irrespetando el artículo 27 de la Ley Forestal y el Pronunciamiento No. C-199-2005, del 23 de mayo del 2005, de la Procuraduría General de la Republica".

Destaca que "el procedimiento realizado por parte del regente forestal, para solicitar un permiso con una solicitud de Inventario Forestal, no procede y contradice los procedimientos para solicitar un Plan de Manejo Forestal de acuerdo a lo que se establece en el reglamento a la Ley Forestal. Por lo que se considera que se otorgaron permisos incumpliendo los procedimientos establecidos por la LEY Y SU REGLAMENTO".

"Por otro lado, si fue que la Administración Forestal del Estado (AFE), evaluó la información del expediente y le solicitó aplicar un PLAN DE MANEJO), la empresa entró en desobediencia al no acatar las disposiciones emanadas en la Resolución No. 073-ACG-SRL, del 09 de abril del 2008", dice el informe.

Agrega que "en el RESULTANDO "PRIMERO" señala: Los árboles se encuentran ubicados en un área con bosque en donde se le recomendó la aplicación de un PLAN DE MANEJO", y de acuerdo a lo establece el Artículo 21 del Reglamento:

"La A.F.E. a través de las Oficinas Sub-Regional del A.C. correspondiente será la responsable de realizar el auditoraje del plan de manejo, para ello podrá ingresar al inmueble donde se ejecuta las veces que considere conveniente. El Auditoraje podrá hacerlo directamente o por contrato de servicios de auditoraje, con profesionales forestales, o personas jurídicas dedicadas a esta actividad, que en ningún caso podrán ser las mismas que hayan participado en el plan de manejo".

"Si de las labores de ejecución del plan de manejo, sobreviene alguna situación que por sus efectos no ponga en peligro la estructura y composición del bosque, se hará una prevención formal por escrito al propietario o propietaria del plan de manejo y al regente".

"Cuando las actividades realizadas no cumplen con los principios, criterios e indicadores de sostenibilidad aprobados por la A.F.E., atentando contra la permanencia del bosque, el funcionario o regente deberá interponer la denuncia penal correspondiente y además notificar cuando corresponda, a la mayor brevedad posible a la A.F.E. para que inicie el procedimiento correspondiente".

El informe añade que en el caso en investigación "se debió interponer la respectiva denuncia por parte de la Oficina Subregional de Liberia, ya que la empresa desobedeció lo establecido en el permiso "PLAN DE MANEJO", el cual no aplica, ya que adonde está el manejo del bosque, si se eliminó en su totalidad el bosque, realizando un cambio de uso del suelo no autorizado; la fiscal indicará cuales son las responsabilidades legales y ambientales para el regente forestal, regente ambiental y de los funcionarios de la oficina subregional de Liberia, ya que se ha comprobado que el bosque fue aprovechado incumpliendo con los principios, criterios e indicadores recomendados por la oficina de Liberia, para la explotación del bosque".

Por otro lado, el análisis sostiene que "las coordenadas Cartográficas entre el Inventario Forestal y las coordenadas dadas en la Resolución de la SETENA (Secretaría Técnica Nacional Ambiental) no coinciden".

 

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