Tardó más de dos años en resolver recurso de amparo por ilegalidades
Fuente: Carlos Salazar elpais.co.cr

La Sala Constitucional se apresuró a declarar sin lugar un recurso de amparo, tras ser recusados los magistrados por la tardanza de dos años en dar la sentencia, y favoreció a la transnacional hotelera Riu, de capitales españoles, alemanes y mexicanos.

El Recurso de Amparo fue presentado en el 2009 por la organización ambientalista Confraternidad Guanacasteca contra las irregularidades en la construcción del hotel Riu en playa Matapalo, Sardinal de Carrillo en Guanacaste.

Confraternidad argumentó en esa época que iniciaba la construcción de un hotel de 700 habitaciones,  sin contar con los permisos legales de construcción al momento de presentar el Recurso, incluso varios meses después.

Señala que los permisos de construcción se emitieron con el compromiso de la empresa desarrolladora de presentar en un término de diez días hábiles la carta de disponibilidad de agua, lo que no hizo en ese plazo.

Sostiene que dicho requisito, al igual que el compromiso de construir una planta de desalinización, no fueron cumplidos por el desarrollador.

Según la Sala, el recurrente "afirma que la zona donde se construye el hotel era un bosque, y para construir el hotel fue talado. Alega que a la par del hotel existen zonas de manglar, zonas que no han sido deslindadas y amojonadas".

Además, Confraternidad Guanacasteca manifestó que a pesar de la oposición del Departamento de Gestión Ambiental de Acueductos y Alcantarillados, el Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), otorgó la concesión de agua a la empresa desarrolladora.

Por otro lado, cuestionó que para el otorgamiento de la concesión no se consultó a la comunidad del Distrito de Sardinal de Carrillo, para que opinaran sobre el uso de agua y la planificación sostenible de la zona.

"En este caso considera la Sala  que el proyecto turístico cuestionado se suple de agua potable a través de la extracción del recurso hídrico de pozos perforados en la propia finca donde se desarrolla el proyecto, los cuales, han seguido los trámites correspondientes de autorización, que cada uno de los pozos cuenta con los respectivos permisos de perforación, los permisos de aprovechamiento de agua subterránea y, adicionalmente, la viabilidad ambiental aprobada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental;  además los permisos de construcción fueron otorgados conforme a derecho, razón por la cual el recurso se declara sin lugar", indica el voto N° 2011-008084, del 21 de junio.

Castigo

Para Gadi Amit, vicepresidente de Confraternidad Guanacasteca, "la Sala Constitucional, con mucha ventaja,  es  el primer poder de Costa Rica. Todos los demás poderes (Presidenta, Diputados, Jueces, pueden ser cuestionados por sus actos y resoluciones, la Sala IV emite fallos cuestionados, pero inapelables".

"Este es el caso del Hotel RIU. Con pruebas claras de  fuentes oficiales y otras, ya condenado  por la opinión pública que conoce  los hechos (destrucción de Bosque, rellenado de un manglar, desaparición de una quebrada, construcción con permisos anómalos, muerte de al menos dos trabajadores extranjeros), ocurridos en Playa Matapalo de Sardinal", dijo Amit.

Recordó que ante la Sala se tramitó desde junio de 2009 un amparo por daño ambiental, sin que se resolviera el caso.

"La no resolución del caso, el no castigo de los responsables, permite la continuidad de los daños", denunció Amit.

Agregó que como afectados por el inicio de la segunda etapa del complejo hotelero que viene a consolidar y continuar la destrucción de la zona, Confraternidad presentó ante la Sala Constitucional un Recurso Amparo contra la misma instancia por "denegación de  Justicia Pronta y Cumplida".

"Para poder salir "inocentes" de este caso, la Sala IV, como venganza voto al día siguiente (martes 21/06/2011) declarando sin lugar el amparo", aseguró Amit.

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