Vulnerabilidad de Tribunal de Costa Rica quedó en evidencia

Fuente: elpais.cr. Un funcionario del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), desmintió un informe del Gerente de la entidad, Bernal Soto Zúñiga, quien habría inducido a la Sala Constitucional a cometer un error en un voto para permitir la minería de oro a cielo abierto en Costa Rica.

El funcionario Miguel Ramírez, de SENARA, desmintió este jueves públicamente en el programa de radio Monumental, Nuestra Voz, al Gerente de SENARA  y las declaraciones que dio durante la vista celebrada en noviembre del 2009 ante la Sala IV.

Ante preguntas de la periodista Amelia Rueda, el funcionario enfatizó que no existe ningún estudio técnico a la fecha, que avale el proyecto minero en Crucitas por parte de SENARA.
Dijo que el Gerente de la institución, Bernal Soto Zuñiga, indujo  a la Sala IV en error al considerar que una nota interna de la institución avalaba el proyecto.

"He revisado a conciencia los 21 tomos del expediente de Crucitas en la Sala IV. Lo he hecho personalmente porque me pareció que lo que dijo la señora Ana Virginia Calzada en Canal 7 debía de reposar sobre algún estudio técnico de SENARA cuando ella dice "SETENA Y SENARA dieron su aval al proyecto".  No encontré en ningún folio un estudio técnico de funcionarios de SENARA o un estudio de campo con datos que avalen el proyecto minero de Crucitas", sostiene Ramírez.

En una nota, con fecha de diciembre del 2008, SENARA solicitaba recursos y 12 meses de tiempo para realizar un estudio exhaustivo en la zona de manera a evaluar el impacto sobre las aguas subterráneas del proyecto minero. Dicho estudio nunca se realizó.

Por otra parte, el Procurador Ambiental de la Procuraduría General de la República, Mauricio Castro Lizano, entrevistado en el programa, adujo "secreto profesional" para evitar referirse a ese punto.

De acuerdo con la nota de diciembre 2008, en "el SENARA no se cuenta con información que permita definir las zonas de recarga y descarga y el impacto de la actividad minera a los mantos acuíferos y las aguas superficiales. Por lo tanto, se considera que se requiere de la elaboración de estudios hidrogeológicos detallados para la valoración de los impactos que la actividad minera puede generar sobre los mantos acuíferos, para lo que se estima se requiere de un tiempo estimado de 10 a 12 meses en su ejecución" (oficio ASUB-543-08)”.

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