Fuente: Gadi Amit de la Confraternidad Guanacasteca
“Los empresarios y funcionarios públicos que pretenden llevarse el agua de Sardinal mediante la construcción de un acueducto, al cual se opone el pueblo, siguen cometiendo violaciones a la ley.
Así lo denunció el diputado del PAC José Rosales Obando ante la Sala Constitucional.
Allí se tramita un Recurso de Amparo interpuesto por él desde mayo del 2008 y que todavía no ha sido resuelto por los magistrados.
Hoy el diputado presentó una Adición y Ampliación del Amparo, donde dice: “el Departamento de Ingeniería y Construcciones de la municipalidad de Carrillo, con fecha 2 de octubre del 2009, otorgó el Permiso de construcción número 303-2009, Finca No. SI

 

5089- 0, Número de Plano 05- 0000000-0000, otorgado al Señor Fideicomiso Acueducto Playas del Coco, cédula 7777777777 (copia permiso adjunta)”

“Este permiso de construcción está lleno de errores, falacias y falsedades, como ser: NO TIENE número de Finca y ni Plano.

La Persona Jurídica y cédula jurídica mencionadas SON INEXISTENTES ”.

“Todo esto se hizo, para propiciar la reanudación de las obras de este proyecto, sin que se cumpla con lo ordenado en el VOTO de la Sala que declaró CON LUGAR el recurso Por violación al artículo 9 de la Constitución Política al omitirse la debida participación ciudadana en el proceso de formulación del proyecto. En consecuencia se ordena a las autoridades recurridas ajustar sus actuaciones en torno a la ejecución del proyecto de ampliación del acueducto El Coco-Ocotal, de conformidad con lo establecido en la sentencia.”(Voto 2009-262 de las catorce horas y treinta minutos del catorce de enero de 2009)”

“Pero además, el permiso se otorga a hurtadillas, huelga decir a escondidas del Concejo Municipal, lo cual pone aun en mayor evidencia la intencionalidad espuria del acto, por cuanto adolece de otros requisitos cuya ausencia, profundiza los motivos de nulidad, entre ellos: …, al día de hoy, la Viabilidad Ambiental esta vencida, es decir, NO EXISTE , La misma fue otorgada el 22 de enero de 2008 por Resolución Nº 110-2008-SETENA y según consta en el “POR TANTO . SEXTO : La vigencia de esta viabilidad es por un período de DOS Años.” (El resaltado es del original) Por ello podemos afirmar sin lugar de dudas que la viabilidad de SETENA está vencida a partir del 22 de enero de 2010.


También está vencido el bono de Garantía que respaldaba esa Viabilidad. Por lo  tanto, según el Decreto Ejecutivo Nº 32734-MINAE en su “Artículo 89.- Incumplimiento en el rendimiento de la garantía ambiental. ….. El incumplimiento de cualquiera de las situaciones anteriores generará la cancelación de la viabilidad ambiental de la actividad, obra o proyecto.”

 

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