Contrato fue rechazado en los dos  Gobiernos anteriores

Por Rodrigo Alberto Carazo  y Mauricio Alvarez. Las irregularidades que arrastraría el proceso de concesión  para la exploración de petróleo en la Zona Norte del país han hecho que, a lo largo de más de 10 años, diferentes instancias del Estado hayan detenido este proceso: SETENA, Direccion de hidrocarburos, Sala Constitucional, MINAET  y  los dos presidentes anteriores, don Abel Pacheco y don Oscar Arias.

Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA): a finales del 2000, unos meses después de la aprobación la licitación que se adjudicó sin un previo estudio impacto ambiental,  la SETENA aprobó un “supuesto” Estudio de Impacto Ambiental que no incluye actividades de campo.

Desde ese momento surgen cuestionamientos por parte de técnicos y el propio Secretario General de la SETENA, por lo cual se determina “suspender temporalmente” el proceso mientras se resuelve una serie de recursos legales contra la aprobación del EIA. Esa suspensión hizo que el proyecto quedara  “engavetado” durante 5 años, a la espera de que un nuevo gobierno  permitiera la firma del contrato de concesión sin tomar en cuenta los criterios técnicos institucionales que señalaban que el estudio presentado no es un verdadero Estudio de Impacto Ambiental.

Direccion General de Hidrocarburos Las últimas notas que constan en el expediente de la licitación petrolera (Nota de Director de Hidrocarburos al ministro Dobles, DGTCC-283-03 del 25 /3/ 2008) advierten que existe una salvedad para completar la firma del contrato, derivada del criterio externado por el Director General de Hidrocarburos (Oficio DGH-332-02) en el que  asegura que el Estudio de Impacto Ambiental aprobado por SETENA no constituye un proyecto para ser presentado dentro del proceso de Evaluación Ambiental y que va en contradicción con la oferta adjudicada. En el plan de trabajo presentado por Mallon Oil en el proceso de licitación, esta se compromete a realizar, desde el primer mes, la labor exploratoria de campo, con pruebas de reflexión sísmica, estudios geofísicos, geológicos y geoquímicas, en todos los bloques ofertados. Termina el Director de Hidrocarburos indicando que antes de decidir avanzar en el proceso es necesario fortalecer la capacidad del MINAET y especialmente de la Dirección General de Hidrocarburos pues desde la administración Pacheco esta había sido cerrada, no se le asignó  presupuesto y  sus profesionales devueltos a RECOPE.

La Sala Constitucional emitió dos resoluciones en el caso Mallon: en la primera acoge un recurso por violación del artículo 50 de la Constitución en materia ambiental, por falta de consulta a las comunidades indígenas afectadas previo a firmar el contrato (Resolución No. 2001-13294). También en dicha resolución se destacó la necesidad de que la SETENA alcanzara un nivel técnico óptimo que le permitiera dar seguimiento a procesos como el de la exploración y explotación petrolera, En la segunda resolución, la Sala declara con lugar una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 41 de la actual Ley de Hidrocarburos (Sentencia 2002-01221). Esta resolución sienta un importante precedente al determinar que “es inconstitucional, por estimarse lesivo al deber de tutela del patrimonio ambiental y ecológico nacional, que el Estado contraiga obligaciones en el terreno de la exploración o explotación sin que antes se hayan valorado las posibles consecuencias perniciosas de esa actividad sobre el medio ambiente”. De esta manera, cualquier contrato firmado al amparo de la Ley de Hidrocarburos sin que se haya realizado, estudiado y valorado un estudio de su impacto ambiental es un contrato nulo. Tal sería el caso de un contrato firmado, en las condiciones actuales, con Mallon Oil.

El Departamento Legal del MINAET después de analizar el mencionado criterio del Director de Hidrocarburos (Oficio DGH-332-02) en el sentido de que “el Estudio de Impacto Ambiental  presentado no comprende la totalidad de actividades del año 1 ofertado. (Subrayado es original)… señala que antes de la firma del contrato  Mallon Oil Company debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental aprobado de las actividades que va a realizar en los bloques 5,6,7,8,9 y 10, en el año uno (pues todas estas actividades inician en el mes uno de ese año), comprometidas en la Oferta y en la Adjudicación… ” (DAJ-1073-2002). Esto implica, como en el fallido caso de la petrolera Harken, la obligación de  presentar un estudio de prospección que incluya actividades de campo y las pruebas de reflexión sísmica, no un trabajo de gabinete como lo hizo  Mallon Oil.

Ministro del MINAET y Presidente de la República, 2002-2006 En la administración Pacheco el Ministro del Ambiente y Energía, Lic. Carlos Manuel Rodríguez, envió una carta a la representante de Mallon Oil Company en Costa Rica, en la cual le comunica que “los lineamientos del actual gobierno no apoyan las actividades que puedan poner en peligro nuestros ecosistemas apoyándonos en el principio precautorio que rige la materia ambiental” Continúa diciendo “así las cosas y por instrucciones del señor Presidente de la República en aras de dar seguimiento al principio de trasparencia que priva en la presente administración, le comunicamos que resulta imposible vislumbrar una firma al contrato con su representada correspondiente a la licitación Nº 2”. (Oficio DM1487-2002)

Presidente de la República,  2006-2010. En una carta de los representantes de Mallon Oil al anterior ministro del MINAET, los petroleros  reclaman al Presidente Arias que se negará a firmar el contrato,  asegurando  que “en una reunión celebrada el 14 de mayo del 2009, con la participación de nuestros abogados, el Viceministro Julio Matamoros, representantes del Departamento Legal, y el Lic. Oscar Porras, Director de la Dirección General de Hidrocarburos, se nos notificó verbalmente sobre la reciente decisión del Presidente Arias de no firmar el Contrato de Concesión.” Para la petrolera el cambio de posición que se da después de 30 meses de estar negociando el Contrato de Concesión con los personeros de MINAET y RECOPE es “injustificado e inexplicado” y “muy desafortunado”. Por eso solicitaron al Ministro que “hable directamente con el Presidente Arias, le pida que reconsidere su posición y que suscriba el Contrato de Concesión” (Mallon Oil Company al Ministro del MINAET Jorge Rodriguez, 2 /7/2009)

Sin embargo, durante la administración Arias y mientras fue ministro el Dr. Roberto Dobles, el MINAET apoyó las gestiones pro-petroleras y quiso revertir la moratoria a la exploración y explotación petrolera proclamada por el Presidente Pacheco en su Toma de Posesión. El ministro Dobles, intento  traer a chinos, brasileños, venezolanos, instalar dos nuevas  refinerías e incluso suscribió  un acuerdo que deja abierta la posibilidad de una futura  exploración por parte de Petrochina. Fue en el año electoral 2009, coincidente con la movilización nacional contra el proyecto minero de Crucitas y  la salida del ministro Dobles, que el presidente Arias da declaraciones en el sentido de que siempre estuvo en contra del petróleo y que apoyaba la moratoria petrolera, habiendo entonces manifestado su negativa a firmar contrato de concesión alguna con Mallon Oil, según se desprende de la carta arriba mencionada.

No hay una ninguna obligación de firmar un contrato. Así como los dos anteriores gobiernos-el actual- no tiene ninguna obligación de firmar un contrato para la exploración y explotación petrolera con Mallon Oil. Tampoco tiene porque buscar una salida alternativa como lo es la de convencer a la empresa  de que se dedique a la búsqueda de gas (hay claros intereses para que así sea).  Lo que puede hacer el Gobierno es apoyar  la aprobación del proyecto de ley que propone la Derogatoria de la Ley de Hidrocarburos, interesadamente aprobada en 1994. Puede el Gobierno  estudiar si cabe alguna indemnización  la empresa por la inversión de buena fe que logren demostrar. El gobierno no puede ser tan ingenuo de creer que la simple expectativa de derecho que tiene Mallon Oil  pueda llevar al país a  un  tribunal internacional.

¡Asustan con la vaina vacía!

Prosokioc