Comunicado del Consejo de Programas Institucionales de Acción Social: En relación a las declaraciones y el comunicado por parte de la Vicerrectoría de Acción Social, VAS

Considerando:
 Que el Consejo de Programas Institucionales de Acción Social es una instancia conformada por los Programas Institucionales de Acción Social, el cual fue concebido e instaurado por la administración de la anterior vicerrectora de Acción Social, MLMarjorie Jiménez Castro, con el fin de articular esfuerzos, experiencias, áreas de conocimiento específico y recursos para potencializar el impacto de la Acción Social desde los Programas como órganos especializados.
 Uno de los propósitos de este Consejo ha sido el analizar las propuestas de reglamentación para la Acción Social y para los Programas Institucionales a partir de la propuesta de Reglamento de la VAS y la R-200-2018 impulsada por Rectoría.
 Es importante destacar que ninguna de estas últimas propuestas reglamentarias fueron informadas, ni consultadas con los Programas Institucionales de Acción Social,por tanto, no se desarrollaron de manera participativa con los actores directamente involucrados.
 A partir del conocimiento del dictamen CIAS 6-2019, a finales de noviembre del año pasado, se hizo entrega de una nota con fecha 2 de diciembre 2019, a la directora del Consejo Universitario. En la nota se solicitó: 1) un proceso amplio de consulta participativa con todos los programas de la Universidad que se extendiera hasta el mes de junio del 2020; 2) estudiar a fondo la propuesta y hacer las observaciones pertinentes; 3) agendar una audiencia ante el citado Consejo y 4) que la administración no tome acciones de fondo que afecten el quehacer de estos Programas.
 Por acuerdo del Consejo Universitario se determina el período de consulta de la R273-2019 (Reglamento de programa institucional en la Universidad de Costa Rica) y se pone a disposición a la comunidad universitaria del 10 de diciembre 2019 hasta el 31 de marzo 2020, lo que significa que a la fecha no hay reglamentación oficial vigente para los Programas Institucionales de Acción Social.
 Asimismo, el Consejo de Programas Institucionales de Acción Social solicitó una reunión con la actual vicerrectora, gestión que fue denegada por ella en el oficio VAS 8447-2019, al considerar que reuniones individuales con las distintas coordinaciones de estos son un mecanismo suficiente, sin embargo a la fecha, algunos Programas tampoco han sido atendidos en estas reuniones individuales.
 Es pertinente aclarar que algunos de los Programas Institucionales surgen en el seno de la Vicerrectoría de Acción Social, y otros junto con la Vicerrectoría desde diferentes Unidades Académicas. A la fecha no hay un documento formal que establezca que los Programas Institucionales de Acción Social -no como suma de proyectos- deben estar inscritos y aprobados en una Unidad Académica que los “respalde y les de seguimiento”.
 Es preocupante la tendencia de cambios frecuentes en la conducción de la Vicerrectoría de Acción Social, lo cual, entre otras cosas vulnerabiliza esta área sustantiva tan importante para la Universidad pública y la sociedad costarricense.
Por tanto:
 Según lo que se ha venido exponiendo, en este momento no existe un planteamiento objetivo, claro, ni un procedimiento formal establecido para realizar el traslado de los Programas Institucionales de Acción Social a las Unidades Académicas, como se está proponiendo por las autoridades correspondientes.
 Las personas integrantes del Consejo de Programas Institucionales de Acción Social queremos ser enfáticas al afirmar que la existencia de los programas no incumplen la normativa establecida para la inscripción de Programas.
 Todos los Programas Institucionales de Acción Social cuentan con diversos proyectos inscritos y por inscribir en unidades académicas, las cuales siguen el debido proceso de aprobación, ejecución y evaluación, mediante las Comisiones de Acción Social (CAS).
 Como Consejo de Programas Institucionales de Acción Social no estamos de acuerdo con la forma de presentación de los nuevos requisitos, los cuales fueron comunicados de manera verbal en reuniones individuales, en la últimas dos semanas de trabajo del año pasado.
 Algunos de nuestros Programas se han visto debilitados con la reducción de sus cargas docentes, además, existe la incertidumbre de que eventualmente estos puedan ser afectados de otras formas administrativas.
 Cabe destacar que las situaciones descritas han ocurrido a pesar de que aún no existe la normativa vigente que regule los Programas Institucionales de Acción Social.
El Consejo de Programas Institucionales de Acción Social propone a la comunidad
universitaria que:

 Es necesario facilitar un proceso participativo para el diseño, discusión y aprobación de la normativa que regule el funcionamiento de la figura de los Programas Institucionales de Acción Social.
 Se requiere el análisis del espacio donde se ubique formalmente la figura Programa
Institucional de Acción Social, dentro de la estructura universitaria, tal y como lo sugiere la Contraloría Universitaria en el Dictamen CIAS-6-2019
 Las autoridades universitarias no tomen decisiones con respecto a los Programas Institucionales de Acción Social, hasta que exista la reglamentación debidamente aprobada que respalde dichas decisiones.

Dado el 21 de enero del 2020, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, San José, Costa Rica.

Programa Centros Infantiles Universitarios (CIUS)
Programa Institucional para la Persona Adulta y Adulta Mayor (PIAM)
Programa de Educación Abierta (PEA)
Programa Interdisciplinario de Estudios y Acción Social de Derechos de la Niñez y la
Adolescencia (PRIDENA)
Programa Kioscos Socioambientales para la Organización Comunitaria (Kioscos)
Programa de Economía Social Solidaria (PROESS)
Programa Institucional Osa Golfo Dulce (PiOsa)
Consejo de Programas Institucionales de Acción Social
Vicerrectoría de Acción Social
Universidad de Costa Rica

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