Fuente pais.cr

El Tribunal Ambiental Administrativo (TAA), deberá celebrar las audiencias públicas, gracias a una acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado ambientalista Álvaro Sagot Rodríguez.


La acción fue presentada contra el artículo 24 del Reglamento de Procedimientos del TAA, adscrito al Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet), que ordenaba audiencias privadas.  La resolución de la Sala indicó que la norma se impugna en cuanto impide la participación de cualquier persona interesada en la defensa del ambiente, en las audiencias que se llevan a cabo ante el TAA, pese a que  el artículo 50 de la Constitución Política establece la legitimación que posee toda persona para denunciar los actos que violenten dicho derecho y reclamar la reparación del daño causado.

Una de las instancias que prevé el ordenamiento jurídico costarricense es el TAA, en el que se tramitan asuntos de relevancia para toda la sociedad, pues el derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado es un derecho de naturaleza social, precisó la Sala IV.

“Se declara CON lugar la acción, en consecuencia, se elimina la palabra "privada" del artículo 24 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal Ambiental Administrativo, debiendo interpretarse que la audiencia allí mencionada es pública, salvo resolución razonada que establezca lo contrario. Esta sentencia tiene efectos declarativos, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe”, indicó.

Sagot  dijo que ahora el TAA deberá hacer cambios a la pequeña sala que utilizada para celebrar las audiencias o buscar un sitio apropiado.

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